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  • INCAPACIDAD ABSOLUTA-TOTAL

    #1
    En Marzo/03 me diagnosticaron cancer de recto. Me Di de baja en Julio 2003 . Como consecuencia de la operación (realizada en Julio 2003) sufro incontinencia anal que al día de hoy sigo padeciendo . A mediados de Diciembre 2004 me di de alta de acuerdo con el inspector médico para ver si podía trabajar con esa secuela . Despues de 1 mes y
    algunos días voy a pedir de nuevo la baja ya que trabajar en esas condiciones se me hace muy complicado (tengo que ir a casa cada dos por tres para lavarme) .

    Me quedan unos escasos 15-20 días para agotar los 18 meses de baja .

    Estoy pendiente de que en el hospital me realicen una manometría anal para valorar el alcance de la incontinencia anal y su posible
    solución .

    Preguntas :
    -- De confirmarse esa secuela podría optar a la incapacidad absoluta percibiendo el 100% ?
    -- Si me ofrecen operarme para resolver lo de
    la incontinencia , me perjudicaría si no acepto hacerlo (de momento me da pánico otra operación , sin tener garantías de éxito) .

    Puedo quedar desvinculado de la empresa y cobrar por la Seguridad Social antes de que me llame el Tribunal Médico ?

    Si el Tribunal Médico desestima la incapacidad , puedo reincorporarme a la empresa ?

    No sé cuanto tiempo tardará en que me hagan la manometría anal por la Seguridad Social ,
    serviría de algo hacermela particular ?

    Gracias por vuestras orientaciones y consejos .

  • #2
    Re: INCAPACIDAD ABSOLUTA-TOTAL

    1º De confirmarse que le ha quedado una secuela que le incapacite
    a) Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual: Es el importe de 24 mensualidades de la base reguladora que sirvió para el cálculo de la prestación de incapacidad temporal de la que se derive.
    b) Incapacidad permanente total para la profesión habitual: Es del 55% de la base reguladora, que se puede incrementar en un 20% cuando el trabajador tenga 55 años y no realice trabajo
    c) Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo: Es el 100% de la base reguladora.
    2º Transcurrido los 18 meses el medico le dará el alta por finalización del tiempo máximo, debe solicitar al INSS el pago directo y al mismo tiempo le pedirán que haga una solicitud de incapacidad, ha resolicitar ambas.
    3º El tribunal medico en un periodo de tres meses le comunicara su fallo.
    Incapacidad en el grado que corresponda o bien alta a efectos económicos.

    RDC

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