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- 08/03/2002, 19:32 PM #1Junior Member

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excedencia y cobrar del paro
si teniendo plaza de funcionario de carrera te coges una excedencia para otro trabajo en la empresa privada y trabajas en la empresa privada 4 meses,¿ tendrias derecho a cobrar el paro por el tiempo maximo de cotización?¿podrias volver luego de cobrar el paro al puesto de origen?
- 08/03/2002, 21:34 PM #2Senior Member

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Re: excedencia y cobrar del paro
Corrígeme si me equivoco, pero creo que en el caso de los funcionarios, en caso de excedencia, tienen derecho a la reincorporación al puesto.
En ese caso no creo que cumplas los requisitos para poder acceder a la prestación por desempleo ya que sí tienes la posibilidad de trabajar.
Creo que en este país tendríamos que empezar a mentalizarnos de la necesidad de no estar permanentemente buscando la posibilidad de cobrar del Estado y dejar que las prestaciones sociales las disfruten quien de verdad las necesita.-Carles-
- 12/03/2002, 22:46 PM #3Member

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Re: excedencia y cobrar del paro
CARLES POR QUE NO OMITES JUICIOS FILOSOFICO-ETICOS QUE NO VIENEN A CUENTO. SE TE PIDE UNA RESPUESTA ASEPTICA Y NEUTRAL. ¿QUE ERES UN GRADUADO SOCIAL DE ALGUNA GRAN EMPRESA? ES LAMENTABLE, PERO SIEMPRE PONES LAS COSAS DE MANERA QUE NADIE HAGA USO DE SUS DERECHOS. SI LE CORRESPONDE ES ESO Y PUNTO , LO DEMAS ES PALABRERIA.
- 13/03/2002, 00:05 AM #4Member

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Re: excedencia y cobrar del paro
El problema no es ser o no ser filosófico, es que el INEM no paga una baja si el beneficiario está en situación de excedencia, ya que se supone que tiene derecho a la reserva de su puesto de trabajo. Por esto, si no se reincorpora a su puesto de trabajo original, en el que tiene concedida la excedencia se consideraría baja voluntaria, y en este caso como sabemos no tiene derecho a prestación por desempleo. (a no ser que se contrate en otra empresa y en esta última le cesen, no voluntariamente, en cuyo caso si que podría solicitarlo todo)
- 13/03/2002, 00:10 AM #5Member

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Re: excedencia y cobrar del paro
Perdón, creo que no hace falta indicarlo, pero donde he puesto que el INEM no paga una baja quería referirme a una prestación. (es que mi problema son las continuas bajas del personal y estoy medio obsesionado ya con el tema)
- 05/02/2012, 11:44 AM #6Junior Member

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Excedencia y paro
Hola a todos. Sin entrar en juicios de valor, cuando un funcionario esta de excedencia, no puede pedir el reingreso cuando quiera. Por ejemplo, en la Generalitat de Catalunya el reingreso no se puede pedir antes de 2 anos. Sobreentiendo que entonces puedes cobrar el subsidio de desempleo hasta que el reingreso no se pueda hacer efectivo, y siempre que el funcionario este en condicion legal de desempleado (necesita por tanto trabajar en la empresa privada y perder ese trabajo).
Saludos.


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